Los senadores de Movimiento Ciudadano presentaron una propuesta de “muerte civil” para funcionarios vinculados en casos de corrupción, con el objetivo de que quienes cometan este tipo de delitos no puedan volver participar en elecciones, accedan a un cargo público, o incluso sean contratistas del gobierno.
El senador Samuel García Sepúlveda, autor de la iniciativa, explicó que para aprobar esta sanción es necesario modificar el Código Penal Federal, así como a la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
García Sepúlveda llamó a ampliar los mecanismos legales anticorrupción, pues dijo que de nada sirve firmar tratados y convenciones “si nos quedamos cortos a la hora de evitar el soborno, el enriquecimiento ilícito” o el desvío de recursos públicos.
Luego de que el diario Reforma diera a conocer este martes un nuevo desfalco en la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), así como en la Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano (Sedatu) durante las gestiones de Rosario Robles, por más de 700 millones fueron transferidos en efectivo a diez domicilios, el legislador dijo que este tipo de actos no sólo merecen cárcel, sino la inhabilitación permanente de los servidores públicos involucrados.
“Un ejemplo, Layín que dijo que robó poquito, lo que hoy sale de Rosario Robles, no podemos permitirle volver a tener un cargo público ante los desfiguros y desmanes de corrupción. Mandemos un mensaje claro a los corruptos que con esta Legislatura se les acabará la segunda oportunidad”, expuso el senador por Nuevo León, quien consideró que la iniciativa manda un mensaje fuerte a los funcionarios señalados por actos de corrupción.
“En la antigua Grecia la muerte civil significaba la pérdida del status de persona, los condenados perdían todos su derechos civiles y jurídicos, incluyendo propiedades, posesiones y contratos”, argumentó.
El proyecto, el cual se turnó a las comisiones de Justicia y Estudios Legislativos, también detalla que los particulares que sean sancionados por los mismos hechos no pueden participar en “posteriores procesos de adquisiciones, arrendamientos, concesiones, servicios u obras públicas”.
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