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SCJN impone multa a Grupo Elektra tras rechazo de recursos legales

by RevuTJ
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Salinas Pliego acude a tribunales para evitar pagar 32 mil 460 millones de pesos en impuesto

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó tres recursos promovidos por Ricardo Salinas Pliego y Grupo Elektra en relación con un juicio de amparo directo sobre un crédito fiscal superior a mil 431 millones de pesos. Además, el máximo tribunal impuso una multa a la empresa por intentar dilatar el proceso judicial.

Los recursos legales rechazados por la SCJN

En sesión, la Segunda Sala de la SCJN resolvió por unanimidad en contra de los recursos promovidos por Salinas Pliego, lo que contrasta con la decisión tomada la semana pasada, cuando la ministra Lenia Batres Guadarrama fue declarada impedida para conocer uno de los juicios.

Entre los recursos rechazados destacan:

  1. Impedimento 7/2025: Grupo Elektra intentó que los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Loretta Ortiz Ahlf no participaran en la resolución del recurso de reclamación 616/2024, relacionado con el juicio de amparo en revisión sobre el crédito fiscal.
  2. Recurso de reclamación 31/2025: Presentado por Grupo Elektra contra el desechamiento de un impedimento en contra de la ministra Loretta Ortiz.
  3. Recurso de reclamación 676/2025: Salinas Pliego impugnó el acuerdo de la presidencia de la Segunda Sala del 9 de diciembre de 2024, que ordenaba turnar a la ministra Lenia Batres el impedimento 45/2024.

El impedimento 45/2024 fue desechado la semana pasada al declararse a Batres impedida para conocer el juicio de amparo en revisión contra las facultades de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).

Multa a Grupo Elektra por dilación procesal

El ministro Javier Laynez Potisek presentó el proyecto en el que se determinó que la recusación fue presentada con el objetivo de entorpecer o prolongar el proceso judicial. En consecuencia, la SCJN impuso una multa a Grupo Elektra que oscila entre 30 y 300 días de salario, de acuerdo con el artículo 250 de la Ley de Amparo.

“Se impone multa a la promovente, en términos del considerando quinto de la presente resolución”, señala la sentencia.

Además, la Segunda Sala ordenó devolver dos expedientes a tribunales colegiados para su revisión y emisión de una nueva sentencia o ratificación de la decisión previa.

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